¿Existe alguna regulación en los programas de contabilidad?

Ante las condiciones del mundo actual, en las cuales se viven experiencias totalmente globales, con alcances que superan las fronteras y permiten a las empresas privadas y públicas realizar múltiples negocios; es indudable que cada programa contable -por lo menos aquellos que sean transnacionales- deben cumplir con regulaciones específicas, propias de cada país.

 

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En este orden, recordemos que lo básico en estas normativas está centrado en todo lo que tiene que ver con la definición de los impuestos y la presentación de la información pertinente para la declaración de renta.

  • En Colombia el organismo encargado de estos temas es la DIAN (Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de Colombia), que garantiza el cumplimiento de las obligaciones tributarias, aduaneras y cambiarias, facilitando las operaciones de comercio nacional e internacional, bajo las condiciones dispuestas por Ley. Así, todos los programas contables que operan para el país, deben tener en cuenta la reglamentación y normativa generada a partir de esta institución, para ofrecer al empresario las condiciones precisas de gestión y administración de sus negocios.
  • Por otro lado en México, aunque un reciente informe de la OCDE (Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos) afirmó en su “Informe de Estadísticas Tributarias 2014” que México es uno de los países que menos recauda por impuestos (19,7%), el país tiene impuestos federales e impuestos estatales. Para los primeros, la encargada de su gestión es la Secretaria de Hacienda y Crédito Público a través del Sistema de Administración Tributaria (SAT) y para los segundos, la Tesorería de cada Estado es la vigilante de este proceso. En consecuencia, todo software contable, debe tener claros los lineamientos establecidos a través de estos organismos para su correspondiente deducción.
  • Mientras tanto en Panamá, la Dirección General de Ingresos (DGI), es la dependencia del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), el ente encargado de la recaudación de los tributos de potestad del Gobierno Central, con excepción de aquellos de carácter aduanero (como los Impuestos de importación, el ITBMS sobre Importaciones, el ISC sobre importaciones, entre otros) que son recaudados por la Autoridad Nacional de Aduanas (ANA). Por consiguiente, todo software contable, debe tener opciones confiables en la gestión de estos impuestos para motivar al empresario a mantener una armonía con el régimen de recaudos del gobierno Central.
  • Finalmente, en República Dominicana la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) es la institución que se encarga de la administración y/o recaudación de los principales impuestos internos y tasas del país. La DGII surge con Ley 166-97, que fusiona las antiguas Direcciones Generales de Rentas Internas e Impuestos Sobre la Renta. El 19 de julio del año 2006 se promulgó la Ley No. 227-06 que otorga personalidad jurídica y autonomía funcional, presupuestaria, administrativa, técnica y patrimonial propia a esta entidad. Lo cual implica que cada empresario al usar un software contable, debe estar alineado con las políticas propuestas por esta entidad y realizar de forma conveniente la entrega de sus obligaciones con el Estado.

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CIBERGRAFÍA

http://www.icesi.edu.co/revistas/index.php/estudios_gerenciales/article/view/265/html

http://www.contaduria.gov.co/wps/portal/internetes/home/accesos/contaduria-niif  

http://eleconomista.com.mx/finanzas-publicas/2014/12/11/mexico-pais-que-menos-impuestos-recauda-ocde